Todas las personas en recuperación tienen derecho a acceder a una vivienda segura y habitable en Massachusetts, ya sea que desee alquilar, comprar o vivir en una residencia para personas sobrias. En cualquier etapa de la recuperación, el alojamiento es importante para que la persona se sienta segura y conectada con su comunidad. En todas las etapas de recuperación tiene derechos y garantías para acceder a alojamiento y poder conservarlo.

  • Las residencias para personas sobrias, también conocidas como “residencias libres de alcohol y drogas”, pueden ofrecer un entorno seguro y positivo para las personas en recuperación a cambio del pago de un alquiler. Estas residencias de convivencia grupal garantizan que las personas en recuperación no estén solas y que puedan compartir su éxito y apoyar a otras personas a alcanzar el mismo objetivo. Consulte la lista de residencias para personas sobrias autorizadas aquí.
  • La ley de Vivienda Justa de Massachusetts prohíbe la discriminación en el acceso a la vivienda por motivos de raza, religión, nacionalidad, edad, ascendencia, servicio o formación militar, género, identidad de género, sexualidad, estado civil, estado familiar (por ejemplo, si tiene hijos), fuente de ingresos (por ejemplo, un vale de la Sección 8 o RAFT) o discapacidad. De acuerdo con esta ley, no se le puede negar la vivienda a una persona en tratamiento y que recibe medicamentos para el trastorno por consumo de opioides (MOUD), por ejemplo.

Derechos y consejos para su defensa

  • Un propietario no puede desalojarlo, solo un juez puede hacerlo. Es posible que reciba un “Aviso de desalojo”, pero eso no significa que deba abandonar su vivienda. Esto también se aplica a las residencias autorizadas para personas sobrias. 
  • Sepa qué buscar cuando se trata de situaciones de discriminación en el acceso a la vivienda. Puede ser algo sutil o difícil de identificar. Algunos ejemplos pueden ser:
    • Que llame y le den una cita para ver una casa, pero que al llegar, le digan que la casa se acaba de vender o alquilar.
    • Que le digan que el apartamento que buscaba se alquiló, cuando ve que, en realidad, la publicación sigue activa en los sitios donde se ofrecen viviendas.
    • Que le digan un precio de venta más alto que el que vio en el anuncio o el que le dijeron a otra persona.
    • Que los términos o condiciones de su contrato de alquiler sean diferentes a los de otros solicitantes.
    • Que solo le muestren viviendas en ciertas partes de la ciudad.
    • Que no le den la oportunidad de negociar.
    • Que le digan que el propietario no acepta vales de vivienda o que vea un anuncio que dice: “no se alquila a personas con vales”.
    • Que sea víctima de acoso, intimidación o que le hagan preguntas sobre su capacidad para pagar el alquiler a tiempo.
  • Si cree que está siendo discriminado, tiene derecho a presentar una reclamación en la Comisión de Massachusetts Contra la Discriminación (MCAD, Massachusetts Commission Against Discrimination), el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD, U.S. Department of Housing and Urban Development), la División de Derechos Civiles de la Fiscalía General de Massachusetts o en el Grupo de Trabajo de Vivienda Justa de su localidad.
    • Si anteriormente fue condenado por delitos relacionados con drogas, es posible que le digan que no reúne los requisitos para acceder a una vivienda pública o con asistencia federal. Esta inhabilitación suele durar hasta 3 años después de que recupera la libertad. Una agencia de vivienda pública puede cancelar o reducir ese período de tiempo si completa con éxito un programa de rehabilitación. Sin embargo, según el delito, es posible que algunas personas aún no reúnan los requisitos para acceder a una vivienda con asistencia federal, a menos que puedan presentar pruebas de un cambio de comportamiento. Esto incluye:
      • Personas que han sido condenadas por llevar a cabo actividades delictivas relacionadas con drogas que impliquen la fabricación o producción de metanfetamina en viviendas con asistencia federal. 
      • Personas acusadas de cometer acciones violentas que puedan representar un riesgo para la seguridad o el bienestar de otros inquilinos.

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